La Jurisdicción Especial para la Paz (JEP) de Colombia emitió el 18 de septiembre de 2025 su primera sentencia contra exmiembros de las Fuerzas Armadas por los conocidos "falsos positivos", un escándalo que involucra ejecuciones extrajudiciales de civiles presentados como guerrilleros abatidos en combate para inflar estadísticas operativas. Esta condena afecta a 12 exmilitares del Batallón de Infantería Nº 20 "La Popa", con sede en Valledupar (Cesar), responsables de al menos 135 homicidios, desapariciones forzadas, torturas y persecuciones cometidos entre 2002 y 2005 en la Costa Caribe, principalmente en Cesar y La Guajira. Este caso forma parte del Macrocaso 03 de la JEP, que investiga 6.402 víctimas de falsos positivos a nivel nacional, ocurridos mayoritariamente entre 2002 y 2008. A continuación, detallo exhaustivamente el contexto, los hechos, los responsables, las sanciones y las implicaciones, basado en fuentes periodísticas y reacciones públicas.
Contexto de los "Falsos Positivos": Un Crimen Sistemático del Conflicto Armado
Los "falsos positivos" no fueron actos aislados, sino un patrón macrocriminal impulsado por incentivos como bonos económicos, permisos, condecoraciones y ascensos para los militares que reportaban "bajas en combate". En este subcaso del Batallón La Popa, se identificaron dos patrones principales:
- Alianzas con paramilitares: Los militares colaboraron con el Bloque Norte de las Autodefensas Unidas de Colombia (AUC), recibiendo víctimas y armas para simular enfrentamientos. Por ejemplo, paramilitares entregaban cuerpos de civiles asesinados a cambio de favores logísticos.
- Víctimas vulnerables: La mayoría eran personas en situación de pobreza extrema, trabajadores informales, habitantes de calle o indígenas (al menos 60 víctimas pertenecían a pueblos Kankuamo y Wiwa de la Sierra Nevada de Santa Marta). Muchas fueron engañadas con falsas promesas de empleo o retenidas forzosamente antes de ser ejecutadas.
Los crímenes clasificados por la JEP incluyen:
- Asesinato y homicidio en persona protegida (crímenes de lesa humanidad y de guerra).
- Desaparición forzada.
- Tortura y persecución.
- Encubrimiento sistemático: Se falsificaron informes, se implantaron armas y uniformes en los cuerpos, y se destruyeron documentos de identidad para ocultar la verdad.
Este escándalo, que afectó desproporcionadamente a comunidades indígenas y afrodescendientes, es uno de los peores capítulos del conflicto armado colombiano, con estimaciones de hasta 6.402 víctimas nacionales. La sentencia de 584 páginas de la JEP reconstruye estos hechos basándose en testimonios de los propios condenados, víctimas y evidencias forenses.
Los 12 Exmilitares Condenados: Nombres, Rangos y Responsabilidades
Todos los condenados aceptaron su responsabilidad ante la JEP, lo que les permitió acceder al modelo restaurativo en lugar de juicios ordinarios con penas de hasta 40 años de cárcel. Eran de rangos medios (oficiales, suboficiales y soldados), actuando bajo órdenes de superiores como los coroneles Publio Hernán Mejía, Juan Carlos Figueroa Suárez y José Pastor Ruiz Mahecha, quienes negaron los cargos y enfrentan procesos adversariales que podrían derivar en hasta 20 años de prisión. Aquí va la lista detallada:
Nombre | Rango | Responsabilidades Principales y Casos Específicos |
---|---|---|
Guillermo Gutiérrez Riveros | Mayor (excomandante de batería) | Máximo responsable de asesinatos, desapariciones, homicidios, torturas y persecuciones. Procesado en justicia ordinaria por conspiración, secuestro simple y homicidio de persona protegida. No había estado preso previamente. |
Heber Hernán Gómez Naranjo | Mayor | Máximo responsable de asesinatos, desapariciones y homicidios. Siete investigaciones previas por muertes presentadas como bajas en combate. |
Carlos Andrés Lora Cabrales | Teniente | Máximo responsable de asesinatos, desapariciones, homicidios, torturas y persecuciones. Condenado previamente a 40 y 30 años de prisión. |
Eduart Gustavo Álvarez Mejía | Subteniente | Máximo responsable de asesinatos, desapariciones, homicidios y torturas. Tres acusaciones por falsos positivos. No había estado preso. |
Elkin Leonardo Burgos Suárez | Subteniente | Máximo responsable de asesinatos, desapariciones, homicidios y persecuciones. Condenado a 38 años por el homicidio del indígena Kankuamo Víctor Hugo Maestre Rodríguez; otro proceso pendiente. |
Efraín Andrade Perea | Sargento | Máximo responsable de asesinatos, desapariciones, homicidios y persecuciones. Diez investigaciones previas; condenado a 14 años y 2 meses. |
Manuel Valentín Padilla Espitia | Sargento Primero | Máximo responsable de asesinatos, desapariciones, homicidios y persecuciones. Procesos judiciales previos, pero sin prisión anterior. |
José de Jesús Rueda Quintero | Sargento Viceprimero | Máximo responsable de asesinatos, desapariciones, homicidios y persecuciones. Condenado a 34 años por homicidio de persona protegida. |
Elkin Rojas | Cabo Tercero | Máximo responsable de asesinatos, desapariciones, homicidios y persecuciones. Condenas previas por homicidio, desaparición y secuestro agravado. |
Yeris Andrés Gómez Coronel | Soldado Profesional | Máximo responsable de asesinatos, desapariciones, homicidios y torturas. Once procesos en la Fiscalía. |
Alex José Mercado Sierra | Soldado Profesional | Máximo responsable de asesinatos, desapariciones, homicidios y torturas. Antecedentes en Justicia Penal Militar. |
Juan Carlos Soto Sepúlveda | Soldado Profesional | Máximo responsable de asesinatos, desapariciones, homicidios y torturas. Condenado por conspiración agravada y homicidio de persona protegida. |
Nueve de ellos ya habían cumplido tiempo en cárcel por justicia ordinaria, lo que reduce sus penas proporcionalmente (ej.: Efraín Andrade Perea pasa de 9 años a 6 años, 1 mes y 6 días). Tres (Gutiérrez, Padilla y Álvarez) cumplirán los 8 años completos.
Las Sanciones: Enfoque Restaurativo, No Carcelario
La magistrada Ana Manuela Ochoa Arias dictó penas de entre 5 y 8 años (máximo permitido por la JEP), sin prisión, pero con restricción efectiva de libertades y obligación de Trabajos, Obras y Acciones de Reparación Restaurativa (TOAR). Los condenados residirán obligatoriamente en Valledupar, monitoreados por brazaletes electrónicos o apps de geolocalización, con horarios estrictos y videollamadas de verificación. El Ministerio de Defensa debe proveer vivienda y alimentación digna.
Medidas restaurativas específicas (a implementar con apoyo del Gobierno y la ONU):
- Construcción de un mausoleo de la memoria en Valledupar con 700 osarios y lápidas para honrar a las víctimas.
- Apoyo a memoriales, centros comunitarios y proyectos de armonización territorial en comunidades indígenas (Kankuamo y Wiwa).
- Acciones de memoria histórica, generación de ingresos y reconstrucción comunitaria, priorizando a víctimas étnicas y afro.
La Misión de Verificación de la ONU supervisará el cumplimiento. La sentencia es apelable, y se considerará el tiempo en prisión previa para rebajas adicionales.
Significado Histórico y Controversias
Esta es la primera sentencia de la JEP contra militares (la segunda en total, tras la del Secretariado de las FARC por secuestros la misma semana), un hito en la justicia transicional que equilibra la responsabilidad entre antiguos enemigos del conflicto (Ejército vs. FARC). Ambas aplican la pena máxima de 8 años restaurativos, rechazando el término "falsos positivos" por revictimizante y enfatizando la reparación sobre la venganza. La JEP destaca que se trató de un "crimen de Estado" sistemático, no de "manzanas podridas", desmontando narrativas negacionistas.
Controversias: Críticos (como sectores de derecha) argumentan que las penas son "suaves" y no incluyen cárcel, mientras víctimas exigen llegar a la cúpula (17 generales imputados, como Mario Montoya). La Corte Penal Internacional observa el caso para evaluar impunidad. Abre camino a una "cadena de sanciones" en otros subcasos.
Reacciones de Víctimas, Autoridades y Sociedad
- Víctimas: Laura Piña, cuya padre fue asesinado, expresó alivio por la verdad revelada, pero enfatizó la necesidad de memoria y no repetición: "No queremos cárcel, sino que el Estado y los militares pidan perdón en un día nacional de las víctimas". Comunidades indígenas ven avances, pero insisten en reparaciones integrales.
- Autoridades: Raúl Rosende (ONU) celebró el avance y prometió monitoreo. La JEP lo califica de "paso fundamental" para la reconciliación.
- En X (Twitter): Reacciones mixtas. Usuarios como @VoragineCo destacan cómo desmonta el negacionismo uribista: "Existió un patrón criminal que usó la maquinaria del Estado para asesinar inocentes" (1.061 likes). @SebastianDDHH detalla los patrones y TOAR, llamándolo "histórico". Críticos como @LuisVil83529525 lo minimizan como "fusilamientos extrajudiciales individuales". Medios como @NoticiasCaracol reportan los 4 puntos clave de cumplimiento.
Implicaciones Futuras y Desafíos
Esta sentencia impulsa investigaciones a altos mandos (ej.: Mejía, prófugo en Emiratos Árabes; Montoya en fase nacional). Desafíos incluyen implementar TOAR efectivos para evitar reincidencias y garantizar reparaciones reales. Como advierte @corrupcionaldia, sin reformas, los falsos positivos podrían retornar en contextos de presión por resultados. La JEP urge al Congreso proteger su independencia para avanzar en paz total.