El Juzgado Dieciocho Laboral del Circuito de Medellín negó en primera instancia la acción de tutela interpuesta por el exalcalde Daniel Quintero contra EL COLOMBIANO, resolviendo que las pretensiones buscan limitar el ejercicio periodístico legítimo del medio. La sentencia 267 de 2025, emitida por la jueza Alba Mery Jaramillo Mejía, confirma que el periódico actuó con veracidad, independencia y rigurosidad en su cobertura del caso Aguas Vivas.
Análisis Judicial de la Libertad de Prensa
La jueza enfatizó que EL COLOMBIANO no calificó directamente a Quintero como "corrupto" ni lo declaró culpable, empleando términos precisos como "presunto", "investigado" o "posible" para reflejar un proceso judicial en curso. El fallo destaca la disposición voluntaria del medio para rectificar errores, promoviendo un periodismo responsable que fortalece la democracia al informar sobre investigaciones oficiales sin prejuzgar.
Contexto del Caso Aguas Vivas
La controversia surgió por reportajes sobre presuntas irregularidades en contratos de agua durante la alcaldía de Quintero (2020-2023), vinculados a la EPS Aguas y Vivas y cuestionamientos fiscales. El exmandatario alegó difamación que afectaba su buen nombre, pero el tribunal priorizó el derecho a la información pública sobre posibles protecciones individuales, alineado con estándares constitucionales de libertad de expresión.
Implicaciones para Periodismo en Colombia
Esta decisión refuerza la protección judicial al ejercicio informativo en un país con alto índice de agresiones a periodistas, recordando fallos previos de la Corte Constitucional que equilibran derechos fundamentales. EL COLOMBIANO reafirma su compromiso con fuentes oficiales y datos objetivos, en un panorama donde investigaciones contra exfuncionarios locales generan tensiones entre poder y prensa.
